Nuestras categorías

 

Reporte anual en programas de fomento al comercio exterior: exención para 2020

Reporte anual en programas de fomento al comercio exterior: exención para 2020

Debido a la emergencia sanitaria causada por la aparición del COVID-19, a inicios de 2020, los sectores marcados como no esenciales, se vieron obligados a disminuir o detener sus operaciones comerciales.

Reporte-programas-fomento

A un año del inicio de la emergencia sanitaria en nuestro país y con un panorama aún complicado, la Secretaría de Economía a través de la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior (DGFCCE), dio a conocer el 26 de enero de 2021 mediante el oficio 414.2021.372, su compromiso de apoyo a la Industria y el impulso a la competitividad del comercio exterior.

En este artículo de Logycom le damos a conocer los criterios a seguir para la presentación del Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior de 2020.

Se establecieron las obligaciones de las empresas inscritas en los programas de fomento de Empresas de Comercio Exterior (ECEX); el programa de fomento de empresas Altamente Exportadoras (ALTEX); y el programa de fomento a la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX).

Con esto la Secretaría de Economía resolvió exentar del cumplimiento de los montos de exportación, requeridos respecto al ejercicio fiscal 2020, a empresas que cuenten con estos programas y que no pudieron operar adecuadamente en 2020, en gran medida debido a la contingencia por el COVID-19, ya que con esto se enfrentan al incumplimiento de los montos de exportación requeridos para ese año.

Las empresas, de los programas mencionados, quedan exentas de cumplir con los siguientes puntos en su reporte 2020:

Exención de los montos para IMMEX

Las personas morales a las que se les autorice formar parte del programa están obligadas a realizar anualmente ventas al exterior por un valor superior a 500,000 dólares estadounidenses, o su equivalente en moneda nacional, o bien facturar exportaciones por al menos el 10% de su facturación total.

Exención de los montos para ALTEX y ECEX

  • Tratándose de empresas exportadoras directas, deberán demostrar exportaciones por un valor anual de dos millones de dólares estadounidenses o su equivalente en moneda nacional, o haber exportado al menos el 40% de sus ventas totales en un año.
  • Las empresas establecidas en el país, exportadoras indirectas o por terceros, que demuestren exportaciones anuales equivalentes al 50% de sus ventas totales.
  • Los exportadores directos e indirectos podrán cumplir con el requisito de exportación del 40% o el de dos millones de dólares estadounidenses, sumando los dos tipos de exportación.

<< Incoterms 2020: guía para operaciones de comercio exterior>>

Las empresas con programas de fomento ALTEX, ECEX e IMMEX deberán presentar a más tardar el 31 de mayo de 2021 el Reporte Anual de Operaciones de Comercio Exterior realizadas en 2020, sin embargo, quedarán exentas del cumplimiento de los montos de exportación requeridos en la normativa aplicable, respecto del ejercicio fiscal 2020.

En Logycom le ofrecemos la mejor asesoría en comercio exterior para realizar la clasificación arancelaria de sus mercancías y calcular los impuestos para importar o exportar. Contamos con un amplio conocimiento en reglas y procedimientos de origen de los diferentes tratados comerciales firmados por México. ¡Conózcanos!

Logycom asesoría en comercio exterior

Recibe en tu correo las últimas noticias del sector

Artículos relacionados

Importar a México: Lista de requisitos, documentos y todo lo que debes considerar

Si eres importador en territorio mexicano o deseas comenzar a importar, es necesario […]

Obtención de certificado de origen según las reglamentaciones uniformes del T-MEC

Para que un producto pueda recibir el tratamiento arancelario preferencial (TAP) de […]

Tutorial: Cómo actualizar el padrón de importadores de sectores específicos

Para realizar el trámite de inscripción o actualización en el padrón de importadores […]