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NOMs de información comercial y criterios de aplicación

Así, dada la confusión generada por el desconocimiento de NOMs particulares, o por diversas interpretaciones en su campo de aplicación, o por el nuevo procedimiento de cumplimiento al Anexo de NOMs a través de Almacén General de Depósito acreditado como Unidad Verificadora Autorizada (UVA), la Dirección General de Normas de la SE estableció una serie de criterios para ciertas mercancías que están exentas de esta obligación.

En este artículo de Logycom, expertos en asesoría en comercio exterior, te explicamos cómo funcionan estos criterios y algunos consejos para que tus importaciones puedan acreditar este requisito de forma simplificada.

Criterios de cumplimiento de NOMs

En mayo de 2022, a través del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior, SNICE, se publicó el acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior, como complemento a los criterios de interpretación de las NOMs de etiquetado sanitario y comercial publicados en 2020, donde quedan excluidas las importaciones de materias primas, insumos o productos a granel no destinados al consumidor final.

Es decir, se trata principalmente de mercancías utilizadas como parte de un proceso productivo o de transformación.

Asimismo, dentro de los criterios también se incluye a aquellos productos envasados que no se presentan en el recipiente definitivo y final que aparecerá frente a los ojos del consumidor para ser adquirido como producto en punto de venta, y donde tampoco deberá exigirse la demostración del cumplimiento de las NOMs comerciales ante la UVA.

A modo de resumen, presentamos un concentrado de las NOMs para las cuáles se emitió oficio, agrupadas por el alcance de aplicación y el número de norma:

1. Etiquetado general de productos

NOM-004-SE-2021

Productos textiles, prendas de vestir, sus accesorios y ropa de casa. (Cancela a la NOM-004-SCFI-2006)

Ejemplos: hilos y/o filamentos que se empleen en la fabricación o confección; cordones, textiles, correas, desperdicio de tela, prendas de vestir desechables, tela sin tejer, tela sin cortes, trapos mutilados o picados.

En el siguiente video te explicamos qué debes considerar antes de importar ropa a México:

 

NOM-050-SCFI

Productos utilizados como complemento a la presentación final del producto, para traslado, transportación, acondicionamiento y empaque, insumos para pruebas de laboratorio, fines de investigación o estudio, o que se incorporan a otros productos finales; así como partes de repuesto o refacciones adquiridas mediante catálogo, destinadas para dar servicio, mantenimiento o reparar equipos. [Oficios DGN.418.01.2020.3301 y .3397]

Ejemplos: ganchos de plástico para traslado de prendas de vestir, cajas de cartón como envoltura, boquillas de envases desodorantes, mangos de rastrillos, rollos de etiquetas para productos finales, sobres e impresos cuando se incorporen a la caja que contendrá un calzado; montacargas, plataformas, equipo de construcción, plataformas, bombas centrífugas, tornillería, entre otros.

NOM-141-SSA1/SCFI2012

Productos cosméticos preenvasados, o aquellos utilizados por laboratorios o centros de investigación. [Oficio DGN.418.01.2020.3298].

Ejemplo: premezclas base de jabón que se utilizan en los rastrillos.

NOM-189-SSA1/SCFI2018

Productos y servicios, etiquetado y envasado para productos de aseo de uso doméstico. [Oficio DGN.418.01.2020.3300].

Ejemplos: desengrasantes, preparación tensoactiva, desinfectantes multiusos, pruebas de laboratorios o material de exhibición.

2. No requieren de instructivo, garantía ni de etiqueta comercial o técnica (aún si llevan advertencia de producto peligroso)

NOM-024-SCFI-2013

Información comercial para empaques, instructivos y garantías de los productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos. [Oficios DGN.418.01.2020.3008, .3104 y .3144]

Ejemplos: repuestos, accesorios y consumibles, internos y externos, de productos electrónicos, eléctricos y electrodomésticos que estén destinados para expenderse a granel o para efectos de reposición dentro de garantía; productos altamente especializados y cuya comercialización no está destinada al uso doméstico.

3. Información comercial y sanitaria

NOM-051-SCFI

Regula el etiquetado frontal de todos los alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados, destinadas al consumidor final, de fabricación nacional o extranjera, comercializados en territorio nacional. [Oficios DGN.418.01.2020.3009, .3010, .3011 .3012 y .3395].

Ejemplos: ingredientes o aditivos que se empleen en la fabricación, elaboración, preparación o tratamiento de un alimento o bebida no alcohólica; productos a granel a ser pesados en contados o medidos en presencia del consumidor final o que serán transformados o utilizados en restaurantes, comedores, tabernas o similares, y suplementos alimenticios.

NOM-186-SSA1/SCFI2013

Cacao, chocolate y productos similares, y derivados del cacao. [Oficio DGN.418.01.2020.3299].

Ejemplos: pasteles, galletas, helados, entre otros.

Recomendaciones para el cumplimiento de NOMs de etiquetado

En la página web del SNICE existe un micrositio dedicado al Anexo de NOMs, donde se detalla la normatividad, los criterios y procedimientos de verificación del cumplimiento de las NOMs de etiquetado en aduanas.

Algunas recomendaciones para facilitar este proceso son:

  • Consultar la correlación de fracciones arancelarias y NOMs de etiquetado específicas que debe cumplir cada producto. Puedes revisar el listado en este documento referencial del Anexo 2.4.1
  • Para mercancías mencionadas dentro de los criterios (a las cuales no aplican las NOMs comerciales señaladas), las Unidades de Inspección de Información Comercial en aduanas no deberán solicitar el trámite de constancias o dictámenes de “no sujeto al cumplimiento”, y si lo hacen podrían ser sujetas a sanción por parte de la Dirección General de Normas.
  • Cuando se trata de NOMs de seguridad (como las de la NOM-001-SCFI-2018 para productos eléctricos, electrónicos y electrodomésticos), se debe tramitar un certificado con un Organismo de Certificación autorizado. Este documento debe incluir las fracciones arancelarias de los productos a importar.

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