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Importancia de la Carta Porte para el comercio exterior


El complemento Carta Porte es un documento que ayuda a relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como la vía por la que se transportan.

El pasado 4 de junio de 2021 se publicó la 7a resolución de modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 (RGCE) en su versión anticipada, en la cual se mencionan algunas reformas a las reglas para llevar a cabo los procedimientos de despacho aduanero en mercancías de comercio exterior.

Se mencionan las modificaciones que se realizaron en algunas reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), en especial la 2.7.1.9 que habla sobre el Complemento Carta Porte, el cual tiene que acompañar a partir del 1 de julio de este año, los CFDI en las operaciones de transporte de mercancías.

El complemento Carta Porte sirve para incorporar al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) información relacionada a los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio por el que se transportan; ya sea por carretera federal, vías férreas, aérea, marítima o fluvial; además de incluir el traslado de hidrocarburos y petrolíferos.

 

¿Cuáles son sus beneficios?

  • Conocer el origen y destino de las mercancías, para los casos de verificación aleatorios que permitan anticiparse a los riesgos o amenazas en el traslado.
  • Brindar información para establecer estrategias que garanticen la seguridad de tránsito en las distintas rutas.
  • Proporcionar elementos a las dependencias públicas responsables de la vigilancia y control de las vías de paso para verificar las mercancías y acreditar su tenencia legal durante su traslado.
  • Identificar a detalle las mercancías para tener certeza de lo que se transporta y las rutas que sigue.
  • Contar con elementos que permitan verificar las operaciones realizadas por las personas que participan en el traslado de mercancías.
  • Fortalecer el comercio formal, combatir la informalidad y el contrabando.

 

¿Quiénes deben emitir el CFDI con complemento Carta Porte?

Las personas que se dedican al traslado de bienes o mercancías tienen que emitir un CFDI de tipo Ingreso, que deberá contener los requisitos establecidos en el artículo 29-A del CFF, con complemento Carta Porte y para amparar el cobro por el servicio que está prestando, así como el traslado ya sea por la red ferroviaria, vía aérea, vía marítima o por traslado en carreteras.

Si usted es el propietario de los bienes o mercancías o actúa como intermediario o agente de transporte y necesita trasladar mercancías, debe emitir un CFDI de tipo Traslado con complemento Carta Porte.

Anteriormente esta regla pedía que los propietarios de mercancías nacionales acreditaran el transporte de éstas, únicamente con un CFDI de tipo traslado al que ahora se le incorporará el complemento Carta Porte.

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